El gobernador de California, Gavin Newsom, promulgó SB 1050, una ley que obligará a incluir un aviso claro y visible cuando un anuncio muestre de forma prominente una figura, voz o representación humana realista creada total o parcialmente con Inteligencia Artificial generativa y que no corresponda a una persona identificable. La regla entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
La presencia se considera prominente cuando el intérprete sintético aparece en primer plano mostrando un producto, entrega el mensaje o la narración del anuncio, o reacciona directamente a ese mensaje. La obligación no cubre de manera automática todos los usos de IA en publicidad.
SB 1050 tampoco prohíbe crear, distribuir o exhibir contenido sintético. Newsom resumió el objetivo de la divulgación al afirmar: “Los californianos merecen saber cuándo quien les vende algo no es una persona”.
La norma, impulsada por la senadora Angelique Ashby, quedó registrada como Chapter 246, Statutes of 2026, y añade la sección 17610 al Código de Negocios y Profesiones de California. La omisión del aviso pasa a considerarse una práctica publicitaria ilegal.
Qué exige SB 1050 a la publicidad con intérpretes sintéticos
La ley define al intérprete sintético como una figura, voz o representación digital generada total o parcialmente con IA que produzca la impresión realista de una actuación humana, sin ser reconocible como una persona natural identificable. Esta última condición la distingue de las réplicas digitales que reproducen la identidad de una persona real.
El descargo debe ser fácil de advertir y comprender dentro del anuncio. El texto legal propone fórmulas sustancialmente similares a “esta actuación presenta a un intérprete sintético” o “no se representa a ningún intérprete humano”, aunque permite redacciones equivalentes.

La obligación recae sobre la publicidad comercial cubierta por la norma y se concentra en la actuación sintética prominente. No exige etiquetar una pieza solo porque la IA haya intervenido en tareas secundarias de producción, edición o apoyo.
Los medios que difunden publicidad también tienen una obligación limitada. Cuando reciben una orden judicial y datos suficientes para identificar la pieza, deben retirarla o dejar de emitirla en California y no pueden seguir aceptando pagos por su difusión. La norma no les exige determinar por iniciativa propia si cada anuncio utiliza un intérprete sintético.
Excepciones y participación de SAG-AFTRA
Quedan fuera los anuncios de películas, programas de televisión, servicios de streaming, documentales, videojuegos y otras obras expresivas cuando el uso del intérprete sintético sea coherente con su aparición dentro de la propia obra. La excepción evita que una promoción deba añadir el aviso solo por mostrar un elemento sintético que ya forma parte del contenido anunciado.
Tampoco se aplica cuando la Inteligencia Artificial generativa se utiliza únicamente para traducir el idioma de un intérprete humano o para funciones de accesibilidad. Estas exclusiones limitan la regla a representaciones que sustituyen una actuación humana identificable dentro del mensaje comercial.
SAG-AFTRA patrocinó la iniciativa y participó en su redacción junto con Ashby y otros actores. El sindicato sostiene que la divulgación permite diferenciar una actuación humana de una creada mediante IA sin impedir el uso de la tecnología.
California se convierte así en el segundo estado, después de Nueva York, en adoptar una exigencia de divulgación para actuaciones sintéticas en publicidad. Su alcance es diferente al de las etiquetas para anuncios con IA aplicadas por plataformas privadas, porque SB 1050 establece una obligación legal para una categoría concreta de representación humana sintética.


