Un tribunal alemán rechazó el reclamo por derechos de autor de una fotógrafa contra la publicación de un cómic creado con IA a partir de una de sus imágenes. El caso enfrentó a una profesional especializada en animales con un antiguo colaborador que utilizó su archivo como referencia.

La fotografía mostraba a un perro bajo el agua intentando alcanzar un juguete rojo. La otra parte cargó el archivo en una herramienta de Inteligencia Artificial, obtuvo una versión con aspecto de cómic y la publicó en el sitio web de una escuela canina.

La fotógrafa pidió una medida cautelar para impedir que esa imagen fuera reproducida o puesta a disposición del público, por violación a los derechos de autor. El Tribunal Regional de Düsseldorf rechazó la solicitud y el Tribunal Regional Superior de Düsseldorf desestimó la apelación en el expediente I-20 W 2/26.

El análisis se concentró en los derechos de autor de una imagen concreta, creada tras cargar una foto específica, y en los elementos visibles que el resultado conservó.

Los derechos de autor protegían la composición, no el motivo

El tribunal reconoció que la foto original era una obra fotográfica protegida. Explicó que esa protección puede abarcar decisiones como el encuadre, la perspectiva, la iluminación y la combinación de apertura y tiempo de exposición que produce zonas nítidas o desenfocadas.

El tema y el motivo, en cambio, no quedaron protegidos por sí solos. Para los jueces, la idea de mostrar a un perro bajo el agua buscando un juguete rojo no era una creación exclusiva de la fotógrafa. La infracción exigía que la segunda imagen incorporara de forma reconocible decisiones creativas presentes en la toma original.

Recreaci?n editorial con IA de un perro bajo el agua que persigue una pelota roja en un caso de derechos de autor
El tribunal concluyó que la versión con IA conservó el motivo del perro y el juguete, pero no los rasgos creativos protegibles por derechos de autor.

La comparación llevó al tribunal a distinguir las dos composiciones. En la fotografía se veían principalmente la cabeza del perro y el juguete, mientras el cuerpo quedaba relegado por la perspectiva y el desenfoque. La versión gráfica mostraba el cuerpo completo, incluía las patas delanteras extendidas y no conservaba el mismo efecto dinámico producido por la iluminación y los ajustes de cámara.

El fallo aplicó un criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: no basta con una semejanza general si los rasgos que expresan las decisiones personales del autor no aparecen reconocibles en el resultado cuestionado. El archivo de Usa la InteligencIA también ha abordado el debate sobre derechos de autor e IA desde el marco legislativo chileno.

El resultado con IA tampoco obtuvo protección automática

El tribunal se apartó de una parte del razonamiento usado en primera instancia. La versión con IA no podía calificarse como una “adaptación libre” si ella misma no alcanzaba la condición de obra protegida, porque esa categoría exige una creación nueva que refleje decisiones humanas libres y creativas.

Los jueces dejaron abierta la posibilidad de proteger una imagen generada con IA cuando una persona ejerce suficiente control creativo sobre el resultado concreto. Ese aporte podría producirse mediante configuraciones individuales, intervenciones sucesivas o una selección combinada con otras decisiones que impriman una expresión personal.

En este expediente no se conocían las instrucciones utilizadas y el demandado no explicó qué decisiones creativas había tomado. La simple selección entre propuestas de una herramienta o el uso de indicaciones generales y abiertas no bastaban para atribuirle protección a la imagen resultante.

La conclusión tampoco convierte el fallo en una autorización general para transformar fotografías ajenas. Una publicación puede infringir derechos de autor si reproduce incluso una parte pequeña que concentre decisiones creativas reconocibles. Aquí la fotógrafa perdió la apelación porque el tribunal encontró coincidencias en elementos de uso común, pero no en la composición protegida de su trabajo.

El procedimiento se limitó a la solicitud cautelar y el valor del litigio fue fijado en 7.000 euros. La resolución también señaló que una eventual colocación no autorizada del distintivo de la fotógrafa en la imagen discutida constituía una controversia diferente que no había sido planteada a tiempo en la primera instancia.

Fuentes

Texto completo de la resolución del Tribunal Regional Superior de Düsseldorf
Morgan Lewis: panorama judicial de IA y derechos de autor en Alemania
The Decoder: análisis del cómic con IA y la fotografía submarina

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